Desde hoy entrenamientos y para todos desde el jueves
La Comisión Directiva del Club Náutico San Pedro informa que luego de haber participado de una nueva reunión con autoridades municipales, junto a representantes otras entidades locales se ha resuelto autorizar la apertura del club para todos los socios, desde el próximo jueves 12, todos los días de 8 a 21.
La resolución comunicada a través de la Municipalidad de San Pedro dice lo siguiente
Art. 1º – Permítase, en el Partido de San Pedro, el desarrollo de actividades recreativas y deportivas, en grupos de hasta 10 personas y en espacios abiertos, de acuerdo a las autorizaciones reglamentadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Resolución Provincial Nº 2713/2020, ANEXO I (IF-2020-24918839-GDEBA-DPLYTMJGM), Ítem Nº 145.
Art. 2º – Establecese, que las actividades deportivas colectivas autorizadas en el Art. 1º del presente, a partir del día de la fecha, podrán ser realizadas por deportistas nacidos hasta el año 2011. En ningún caso se permitirá la utilización de vestuarios, y se deberá minimizar el uso de espacios comunes y la interacción entre diferentes grupos de deportistas.
Art. 3º – Permítase, a fin de la realización de actividades recreativas autorizadas en el Art. 1º del presente, la permanencia en espacios abiertos al aire libre, públicos y privados, así como el ingreso y permanencia en espacios abiertos al aire libre de instituciones sociales o deportivas, a partir del jueves 12 de noviembre. Los grupos, de hasta 10 personas, deberán respetar un distanciamiento de 5 metros entre cada grupo, y la utilización del tapabocas es recomendada en todo momento posible y obligatoria al llegar o retirarse del lugar. Las instituciones podrán funcionar todos los días en el rango horario de 08 a 21hs. Asimismo, podrán restringir de acuerdo a sus capacidades operativas, tanto los horarios como los días de ingreso de los socios, para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención que eviten la propagación del virus COVID-19. Los menores nacidos en el año 2012 en adelante, solo podrán ingresar, permanecer y retirarse acompañados de alguno de sus progenitores. Se recomienda evitar la presencia de personas integrantes de grupos de riesgo.
Art. 4º – Establecese, que las actividades permitidas a través del presente Decreto podrán ser revocadas por las autoridades sanitarias locales en caso que la situación en el marco de Emergencia Sanitaria así lo amerite.